SENA-FOBOMADE
Ha causado rechazo general el Decreto Supremo No 2366 del 20 de mayo de 2015 promulgado para “permitir el desarrollo de actividades hidrocarburíferas de exploración en las diferentes zonas y categorías de áreas protegidas.
Se trata claramente una norma para eliminar las restricciones de uso en función de objetivos de protección de ecosistemas y territorios, inherentes a la categoría de área protegida.
SIN EMBARGO, la promulgación del Decreto 2366 no constituye un hecho aislado. Ya desde hace varios años, el Ministerio de Hidrocarburos proponía modificar las normas para que las licencias ambientales sean otorgadas por ese Ministerio e insistía en que esto constituía uno de los mayores obstáculos para la exploración, junto con la consulta indígena. Por tanto el decreto en cuestión forma parte de una política de reducción de la normativa ambiental para eliminar lo que el sector considera “obstáculos”, es decir, la ya débil regulación ambiental. Esto a pesar del discurso del Vivir Bien, del reconocimiento de los derechos de la Madre Tierra y la Declaración de los Derechos de los Pueblos Indígenas en la ONU impulsada por el presidente boliviano.
El contexto entre la creciente distancia entre el discurso del Vivir Bien y la arremetida contra la Madre Tierra está marcado por la caída del precio a consecuencia de la sobreoferta de petróleo, que tiene a su vez como efecto inmediato la paralización de la exploración en todas las regiones, ya que los costos de exploración y explotación quedan por encima del precio del petróleo. Solo Arabia Saudita puede sostenerse con los actuales precios, debido a sus bajos costos por barril. Y obviamente, para los países cuyos ingresos dependen principalmente de sus exportaciones de petróleo o gas, la afectación a su economía es la consecuencia inevitable. En el caso de Bolivia, esta reducción fue un tanto retrasada porque el ajuste del precio del gas se hace de manera diferida.
A nivel nacional la preocupación del gobierno boliviano apunta a la negociación del contrato de venta de gas al Brasi, que vence el 2019, pues no posee reservas certificadas suficientes para mantener los volúmenes actuales de exportación. De acuerdo a un informe de Gas Energy, (2013) el déficit de gas empezaría el 2017, con lo que al llegar al fin del contrato, el 2019 ya existiría un déficit acumulado. Con el anunciado descubrimiento en Yapacaní, podría darse que este déficit se reduzca, pero de cualquier manera la situación es compleja.
Entre las normas y propuestas que tienen como fin “incentivar” las inversiones en el Upstream, se ubica evidentemente el Decreto Supremo 2366 para desarrollo de actividades en Areas Protegidas, considerado “un parche” por la industria petrolera, que apunta directamente a una nueva Ley de Hidrocarburos, de donde se derivaría la disminución de los plazos para obtener la Licencia Ambiental en un régimen ambiental especial y también una propuesta para diferir regalías y el IUE. Es decir la vuelta atrás en los avances de la Agenda de Octubre.
Pero es la misma Ley de Hidrocarburos la que sale al paso del Decreto 2366, puesto que prohíbe las actividades petroleras en Areas Protegidas, sitios RAMSAR, sitios arqueológicos y paleontológicos, así como lugares sagrados…” (Art 132), permitiéndolo solo excepcionalmente cuando el Estudio de Evaluación Ambiental Estratégica (EEIAE) establezca la viabilidad de la actividad en el marco de un Desarrollo Nacional Sustentable y no así cuando la magnitud del yacimiento lo defina, puesto que de acuerdo a la ley 3058 no puede realizarse ninguna actividad de exploración si el EEIAE. El objetivo de llevar a cabo una Evaluación Ambiental Estratégica es agregar la dimensión ambiental y social a la planificación estratégica. Se trata de una herramienta para mejorar el proceso de planificación pública, porque su objetivo es entregar a los planificadores mejor información para que se tomen en cuenta los efectos sobre el medio ambiente. Las dos normas que lo definen son el Reglamento de Gestión Ambiental y la Ley de Hidrocarburos 3058.
Gas Energy sostiene que “Bolivia respira de las exportaciones de gas natural y líquidos asociados” y que “debe detonar fuertes inversiones o podría quebrantarse fácilmente su economía a mediano plazo”. Concluye que “la política exploratoria se encuentra en un punto muy crítico y que se estaría monetizando reservas de una década atrás sin reponerlas, que en gas habrá un marcado déficit a partir del 2017 para atender los contratos de exportación y el mercado interno, un incremento de las exportaciones de diesel y que Bolivia requiere atraer inversiones reconstruyendo su marco legal, recuperando la seguridad jurídica y dejar de hacer parches”, como considera a las medidas como el D.S.2366.”
En este escenario se llevará a cabo el Congreso Internacional Gas y Petróleo 2015, a celebrarse en Santa Cruz los días 21 y 22 de julio. Es para este evento que se ha promulgado el Decreto 2366, tratando de dar señales a las empresas petroleras que el camino está allanado para operar en áreas protegidas, con un régimen especial (Artículo 2, inciso II), otorgándoles la facultad de solicitar la modificación de los instrumentos de gestión, lo que significa que empresas transnacionales podrán solicitar la eliminación o modificación de zonas núcleo, de los reglamentos de turismo de las áreas y e incluso del mismo Plan de Manejo del Area y su zonificación (Artículo 2, inciso III).
Como puede verse todo apunta al sacrificio de la Madre Tierra, como política de estado.